Mar 15, 2021

¿Puedo cambiar el titular de luz y gas en estado de alarma?

¿Cómo cambiar de titular un contrato de luz o gas?

 

Desde Compañías-de-luz.com explican que un cambio de titular con Iberdrola, EDP o cualquier otra compañía lo puede solicitar tanto el actual titular como el nuevo. Aunque en algunas empresas especifican que sea una de las partes. Los titulares de Compañías-de-luz.com indican que se puede utilizar el teléfono para el cambio de titular con EDP u otra comercializadora, pero también vía online o presencial en un centro de atención al cliente. Lo más recomendable es hacerlo desde el espacio online disponible en muchas empresas como Endesa, Holaluz o EDP. Se pedirán los datos personales y de contacto tanto del actual titular como del nuevo, así como la identificación del punto de suministro.

 

¿Por qué es mejor hacer un cambio de titular que dar de baja? Desde Compañías-de-luz.com comentan que al dar de baja un suministro cesamos la electricidad o el gas y no se restablece hasta 5 o 7 días hábiles tras la solicitud de alta, mientras que esto no ocurre con el cambio de titular. En ningún momento la vivienda se queda sin suministro. Asimismo, el precio es un factor a tener en cuenta. Dar de baja y cambiar de titular son trámites con coste 0. Sin embargo, al dar de baja significa que en algún momento se tendrá que dar de alta el suministro y ello sí que tiene un precio que puede superar los 200 euros. Conoce más sobre el trámite de dar de alta la luz en este artículo de la OCU.

 

Datos importantes del cambio de titular

 

En los siguientes puntos enumeramos varios datos importantes sobre el cambio de titular que todo consumidor tiene que conocer:

 

  • El cambio de titular se suele realizar en unos 15 días tras la solicitud. No es inusual que la siguiente factura que se recibe todavía lleve el nombre del antiguo titular.
  • Esta gestión se puede realizar tantas veces en el año como sean necesarias. No hay un límite.
  • ¿Cuándo se cambia el titular? Existen varias situaciones en las que se lleva a cabo este trámite. Normalmente se cambia el titular tras un divorcio, una compraventa de la vivienda o local, alquiler de una propiedad o después del fallecimiento del titular.
  • En relación con el punto anterior, la comercializadora puede pedir un documento para verificar la situación por la que se solicita: acta de defunción o divorcio, escrituras de la casa o contrato de alquiler.
  • En el caso de las viviendas o locales de alquiler no es obligatorio solicitarlo, aunque sí recomendable. Muchos propietarios optan únicamente por cambiar el nombre del IBAN, sin embargo, si se producen impagos se reclama siempre al titular del contrato (es decir, el casero).
  • Así, los inquilinos tampoco tendrán que pedir permiso a los propietarios si quieren realizar cambios en el suministro de luz o gas.
  • Una de las principales ventajas de ser titular de un contrato es que puedes cambiar de tarifa, comercializadora o potencia. De esta forma, adaptas la tarifa a tus necesidades energéticas y ahorras en tus facturas.
  • Es totalmente gratuito y todas las comercializadoras lo ofrecen.

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