Mar 16, 2021

¿CUBREN LOS SEGUROS LA PARALIZACIÓN DE LOS NEGOCIOS DERIVADA DE LA COVID?

Hace unas semanas los medios de comunicación se hicieron eco de una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Gerona, que condenaba a una aseguradora a pagar a su asegurado, una pizzería, 6.000 euros por el periodo en que el establecimiento no pudo abrir durante los primeros meses del confinamiento.

Desde entonces mucho se ha escrito en los medios y, mientras unos se han apresurado a afirmar que esta sentencia no era extrapolable a otros casos y que no tendría continuidad en la jurisprudencia, otros hablan de un nuevo frente de litigación en masa y aseguran que cualquier negocio que tenga un seguro y se haya visto obligado a cerrar puede reclamar.

Por ello, mi consejo a cualquier empresario o autónomo que haya leído la noticia es que no se crea ni a unos ni a otros y que, si está interesado, consulte con un abogado experto en la materia para que valore su caso.

En este tipo de reclamaciones habrá que atender:

  • si la póliza estaba al corriente de pago, si estaba firmada y, en ese caso, dónde estaba firmada y cómo
  • si la póliza cubría este incidencia y, en ese caso, si tenía limitaciones y/o exclusiones, cómo se recogían en la póliza y si fueron explicadas.

En materia de seguro prima lo dispuesto en el contrato, siempre que éste se haya comercializado como marca la ley, explicando al tomador el alcance de cada cobertura y, sobre todo, de cada exclusión y de cada limitación, no siendo suficiente para tener por aceptado el contrato con plasmar una firma en alguna de las decenas de páginas de la póliza.

Ello implica adentrarse en el proceloso terreno de las cláusulas lesivas, limitativas y delimitativas, en el control de incorporación, etc., por lo que cada caso deberá ser examinado de manera particular.

Es decir, estamos ante reclamaciones que, en caso de poder llegar a juicio, deben ser revisadas caso por caso atendiendo a una serie de variables.

Es pronto para aventurar cómo se irá desarrollando la jurisprudencia sobre esta materia, pero lo cierto es que, como la sentencia de la Audiencia de Gerona recuerda, en otros países europeos como Francia y Reino Unido la justicia ha fallado a favor de los asegurados.

Por ello, si está interesado en que estudiemos su caso, no dude en contactar con nosotros.

Josep Campins

Abogado

Fotógrafo hotel: José Barceló

 

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